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Índice - contenido - 1.general - 2.autoridades - 3.vías - 4.circulación peatones / conductores / vehículos -

5.registro - 6.accidentes - 7.sanciones - 8.anexos: multas y medidas

Tráfico: El nuevo código de transito del año 2009 - reglamento

4. De la circulación. a) peatones

También los últimos chanchos de taxistas del Perú con sus cláxones tienen que realizar que los tiempos para terroristas de claxon que siempre atacan a los peatones van a CAMBIAR (art. 98) - y otras cosas

Documentación de Michael Palomino (2009)

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En Lima en unos distritos hay menos claxon de los taxistas ahora. Mejoró un poquito. Pero en las ciudades de la provincia siguen muchos terroristas taxistas claxonistas como los reyes da lsa pistas atacando a cada peatón en la acera - siguen como feos - sobre todo en Trujillo donde claxonan también cuando no hay petatones! (2011)


Título IV: De la circulación

Capítulo I: De los peatones y el uso de la vía

[Suplemento: Los peatones del Europa tienen muchos derechos. Los peatones tienen derechos pero solo pueden salvarse de la pista].

Artículo 61. - Obligaciones del peatón.
El peatón debe acatar las disposiciones reglamentarias que rigen el tránsito y las indicaciones de los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados al control del tránsito. (p.28)

Goza de los derechos establecidos en este Reglamento y asume las responsabilidades que se deriven de su incumplimiento.

Artículo 62. - Inclusión en el concepto de peatón por extensión.
Las reglas de tránsito para peatones, también se aplican a las personas que usan sillas de ruedas para minusválidos, andadores motorizados y carritos de compras, así como a los vehículos de niños, como triciclos y cochecitos.

Artículo 63. - Derecho de paso del peatón en vías no semaforizadas.
El peatón tiene derecho de paso sobre cualquier vehículo, en las intersecciones de las calles no semaforizadas, ni controladas por Efectivos de la Policía Nacional del Perú o por señales oficiales que adviertan lo contrario, siempre y cuando cruce la intersección de forma directa a la acera opuesta y no en forma diagonal, y lo haga cuando los vehículos que se aproximan a la intersección se encuentren a una distancia tal que no representen peligro de atropello.

[Suplemento: autos van acelerar cuando peatones crucen la pista: Eso es la teoría. Efectivamente los choferes de autos y de carros y sobre todo los taxistas muchas veces aterrorizan los peatones cuando inician a cruzar la pista en una buena distancia: Aterrorizan los peatones por aceleración de su carro y manejar el carro justamente contra los peatones en la pista, también cuando la pista tiene dos o más carriles, y así es un grande placer sadista para el conductor a cazar peatones que tienen que correr del ataque del jabalí detrás del volante. Los conductores sadistas piensan que peatones tienen que ser prohibidos pues y no ven nada de las conexiones sociales e integrales - y hay muchos de esos sadistas en el Perú. Parece que son sadistas porque la educación fue también sadista, con madres como gritonas o con colegios sin justicia entre los alumnos por años. Y la policía tiene otras tareas, y el gobierno no hace nada porque toman el taxi o el avión. Cuando hay grandes avenidas hay muchas veces rejas en la mitad que impiden a cruzar la pista, y hay muchos casos con rejas que tienen una longitud de más que 300 metros, p.e. en Surco o en Chorrillos. Así efectivamente el peatón o también la bicicleta no pueden cruzar la pista y tienen que superar grandes desvíos, respectivamente los contactos privados entre los lados de la avenida son gravemente dañados. Los alcaldes no hacen nada porque toman el taxi o el avión...]

Artículo 64. - Derecho de paso del peatón en vías semaforizadas.
El peatón tiene derecho de paso en las intersecciones semaforizadas o controladas por Efectivos de la Policía Nacional del Perú o por señales oficiales, respecto a los vehículos que giren a la derecha o a la izquierda, con la luz verde.

[Suplemento: autos no dan el derecho de paso al peatón: También eso solo es la teoría. Ningún automovilista da el paso al peatón cuando gira a la derecha o a la izquierda en el Perú con una luz verde del semáforo. Los chanchos de automovilistas siempre cortan ese derecho con sus aceleradores. La policía no arregla NADA. Y por una cierta manera los automovilistas quieren salvarse porque ya hay los chanchos taxistas que muchas veces bloquean el carril derecho antes de los semáforos, así los automovilistas y los choferes de combis, de carros y de buses no quieren ser bloqueados además por los peatones. Sea posible organizar los semáforos con una fase separada para todos los peatones, pero al gobierno no interesa NADA, pero los miembros del gobierno toman el taxi o el avión...]

Artículo 65. - Derecho de paso del peatón en entradas o salidas de áreas de estacionamiento.
El peatón tiene derecho de paso, respecto a los vehículos que cruzan la acera para ingresar o salir de áreas de estacionamiento.

[Suplemento: autos no dejan pasar los peatones: También eso solo es la teoría. La grande mayoría de los automovilistas del Perú jamás va frenar debido a peatones. En apr. 90% son los peatones que tienen que salvarse de los chanchos conductores, sobre todo de los salvajes taxistas, y los peatones no dicen nada, o cuando protesta una persona la colega va decir que eso sea loco a protestar...]

Artículo 66. - Preferencia de vehículos de emergencia y oficiales.
El peatón no tiene derecho de paso respecto a los vehículos de emergencia autorizados, tales como Vehículos de Bomberos, Ambulancias, Vehículos Policiales, de Serenazgo, Grúas y Auxilio Mecánico., y sobre los vehículos oficiales,cuando éstos hagan uso de sus señales audibles y visibles.

Artículo 67. - Circulación del peatón.
El peatón debe circular por las aceras, bermas o franjas laterales, según el caso, sin utilizar la calzada ni provocar molestias o trastornos a los demás usuarios, excepto cuando deba cruzar la calzada o encuentre un obstáculo que esté bloqueando el paso, y en tal caso, debe tomar las precauciones respectivas para evitar accidentes. Debe evitar transitar cerca al sardinel o al borde de la calzada.

[Suplemento: siempre más peatones en aceras que no son anchado: El caso es también un otro: En las ciudades hay siempre más gente en el centro caminando porque la población siempre es más, pero las aceras en el centro de las ciudades - sea en Lima o sea en Trujillo etc. - las aceras no o casi no son ampliado. Así hay siempre más personas en la misma amplitud, y por el hecho que los alcaldes apenas crean zonas peatonales o bulevares para peatones, así la gente marcha siempre más y más en los céspedes o en las pistas. Los alcaldes no tienen el coraje a eliminar puestos de estacionamiento para los autos destructivos para instalar zonas peatonales - porque sí mismo manejan con carros siempre hasta el centro. Solo he visto zonas peatonales en Lima en Magdalena, Comas y en Rimac, y en Ayacucho, y por clausura de pistas en Trujillo].

Artículo 68. - Cruce de la calzada.
El peatón debe circular por las aceras, bermas o franjas laterales, según el caso, sin utilizar la calzada ni provocar molestias o trastornos a los demás usuarios, excepto cuando deba cruzar la calzada o encuentre un obstáculo que esté bloqueando el paso, y en tal caso, debe tomar las precauciones respectivas para evitar accidentes. Debe evitar transitar cerca al sardinel o al borde de la calzada.

[Suplemento: peatones y patinetes sin aceras: En Europa las aceras tienen una altitud regular de 10 a 18 cm, y hay ciudades que han instalado muchas rampas para sillas de ruedas, para coches de niños, para bicicletas de niños etc. En el Perú es muy diferente: En los distritos ricos las aceras son bien hechos, pero en los distritos pobres - adonde los alcaldes no hacen nada porque piensan que los pobres no merecen aceras buenas - las aceras apenas tienen rampas, y hay lugares con alturas de más que 30 cm. Así los peatones tienen que hacer muchos desvíos y parcialmente tienen que usar las pistas para llegar de un borde al otro, y los patinetes no de todo pueden circular porque las aceras tienen muchos huecos. Parece que ese artículo solo sea escrito para los distritos ricos y del gobierno. Pero eso no importa al alcalde del distrito pobre porque él toma el taxi y el avión y no sabe lo que es un patinete...]

Artículo 68. - Cruce de la calzada.
En intersecciones señalizadas, los peatones deben cruzar la calzada por la zona señalizada o demarcada especialmente para su paso. En las intersecciones no señalizadas, el cruce debe realizarse en forma perpendicular a la vía que cruza, desde una esquina hacía otra, y de ser el caso, atendiendo las indicaciones de los Efectivos de la Policía Nacional del Perú. Debe evitar cruzar intempestivamente o temerariamente la calzada. (p.29)

[Suplemento: conductores sadistas atacan peatones: Como dicho antes hay muchos conductores sadistas en el Perú que a propósito agreden a peatones cuando los peatones crucen la pista, también cuando la pista tiene dos o más carriles. Los chanchos de conductores del Perú le gusta a cazar peatones y ver correr, sobre todo las turistas y las mujeres - y pues los sadistas ríen...]

Artículo 69. - Uso de puentes y cruces subterráneos.
En vías de tránsito rápido de acceso restringido, los peatones deben cruzar la calzada por los puentes peatonales o cruces subterráneos.

Artículo 70. - Cruce según semáforos.
En los lugares donde funcionen semáforos vehiculares los peatones deben cruzar la calzada durante el tiempo que los vehículos permanecen detenidos por la luz roja. Donde funcionen semáforos para peatones, éstos deben cruzar la calzada al iluminarse el campo verde con el letrero "PASE" y se abstendrán de hacerlo cuando se ilumine el campo rojo con el letrero "ALTO".

Cuando el letrero "PASE", se vuelva intermitente, tiene el mismo significado que la luz ámbar y los peatones deben abstenerse de comenzar a cruzar la calzada.

Artículo 71. - Uso de semáforos accionados por botones.
En las intersecciones en las que existan semáforos peatonales accionados por botones, los peatones deben pulsar el botón y esperar que la señal cambie al letrero "PASE", para iniciar el cruce de la calzada.

Artículo 72. - Reglas adicionales para el cruce.
Cuando no exista un Efectivo de la Policía Nacional del Perú, dirigiendo el tránsito, semáforos u otras señales oficiales, los peatones al cruzar la cruzar la calzada de una intersección, deben observar las reglas siguientes:

a) Usar los pasos peatonales, conservando en lo posible el lado derecho.
b) Cruzar la calzada cuando los vehículos que se aproximen se encuentren a una distancia no menor de 40 metros en Jirones o Calles y a 60 metros en Avenidas.

[Suplemento: chanchos conductores atacan a peatones: Eso es la teoría. Pero la mayoría de los conductores del Perú son chanchos y cuando un peatón cruce la pista los conductores inician con aceleración como querían decir que la distancia no fue tan grande, y atacan directamente al peatón que tiene que salvarse corriendo de la pista - y el chancho de conductor peruano ríe de su caza, sobre todo los chanchos taxistas del Perú cuando cazan a turistas o a mujeres. La policía tiene otras cosas para hacer, y al gobierno no importa esa porquería porque toman el taxi y el avión...]

Artículo 73. - Cruce en vías no señalizadas, sin puentes ni cruces subterráneos.
En las vías que no cuenten con pasos peatonales en las intersecciones, puentes peatonales o cruces subterráneos, los peatones deben localizar un lugar, donde puedan cruzar con el máximo de seguridad posible y lo harán lo más rápido que puedan o estimen conveniente.

[Suplemento: faltan puentes para peatones: Eso es la teoría. Pero hay lugares en el Perú adonde no se puede cruzar la avenida por una longitud de más o menos 2 km, p.e. en Lima en Ate la Carretera Central. Hay muchos victimas mortales por esa Carretera Central, y ni los conductores ni el estúpido alcalde de Ate tienen la voluntad a solucionar la situación con reducción de velocidad o con puentes o pasajes subterráneos. Demostraciones no tienen efecto, porque la situación no importa al alcalde pues porque él no vive con los pobres a la Carretera Central y toma el taxi o el avión. Y Ate con su Carretera Central solo es UN ejemplo de muchos adonde faltan puentes o pasajes subterráneos para la población local...]

Artículo 74. - Regla general para el cruce.
Para cruzar la calzada en cualquiera de los casos descritos en los artículos anteriores, los peatones deben hacerlo caminando, en forma perpendicular al eje de la vía, asegurándose que no exista peligro.

[Suplemento: peligro 12 de 24 horas: Hay avenidas en el Perú adonde el peligro sigue 12 horas de 24 horas y puentes o pasajes subterráneos no existen. Quieres esperar 12 horas para cruzar la pista? Eso es la realidad en Ate...]

Artículo 75. - Pruebas de intoxicación.
El peatón está obligado a someterse a las pruebas que le solicite el Efectivo de la Policía Nacional del Perú, asignado al control del tránsito, para determinar su estado de intoxicación por alcohol, drogas, estupefacientes u otros tóxicos, o su idoneidad, en ese momento, para transitar.

Su negativa establece la presunción legal en su contra. (p.30)

Artículo 76. - Prohibición de cruce.
Los peatones que no tengan derecho de paso, no deben cruzar la calzada por delante de un vehículo que se encuentra detenido, o entre dos vehículos que se encuentran detenidos, salvo los casos en que la detención sea determinada por el cumplimiento de una disposición reglamentaria.

[Suplemento: cruzar por delante de un vehículo: Cruzar la pista por delante de un vehículo es difícil porque carros del segundo carril no ven quien está detrás del vehículo. Cruzando una pista por delante de un vehículo pues exige una atención especial del peatón controlando bien si sigue tráfico o no en el segundo carril].

Artículo 77. - Conducta del peatón ante señales de vehículos de emergencia y oficiales.
El peatón al percatarse de las señales audibles y visibles de los vehículos de emergencia y oficiales, despejará la calzada y permanecerá en los refugios o zonas de seguridad peatonales, cuando las condiciones lo permitan.

Artículo 78. - Reglas de tránsito para el peatón.
Para transitar en vías que carezcan de o aceras, los peatones deben observar las siguientes reglas:
1) En vías de tránsito de doble sentido, los peatones deben caminar por las bermas o franjas laterales a la calzada, en sentido contrario a la circulación vehicular.
2) En vías de tránsito en un solo sentido, los peatones deben caminar por las bermas o franjas laterales contiguas al carril de la derecha.

Artículo 79. - Reglas para subir o bajar de vehículos.
Para subir o bajar de los vehículos, los peatones deben hacerlo:
1) Cuando los vehículos estén detenidos.
2) Por la(s) puerta(s) ubicadas a la derecha del timón, cuando el vehículo se ubique en el carril derecho de la vía.
3) Teniendo precaución con el tránsito de vehículos menores y bicicletas.

Artículo 80. - Tránsito de peatones que no se encuentran en completo uso de sus facultades.
Los ancianos, niños, personas discapacitadas y en general, los peatones que no se encuentren en el completo uso de sus facultades físicas o mentales, deben ser conducidos por personas aptas para cruzar las vías públicas.

[Suplemento: discapacitados: También eso muchas veces es solo teoría porque en lugares pobres en el Perú faltan rampas de las aceras y la circulación con personas discapacitadas en sillas de ruedas no es posible de todo, o los conductores corren siempre tan rápidamente que no es posible cruzar la pista para una persona anciana. Pero el gobierno y los alcaldes de los distritos pobres no saben NADA de eso porque solo toman el taxi que tiene que correr rápidamente al próximo avión. Parece que ese artículo solo está escrito para los distritos ricos y bien cuidados...]

En el caso de grupos de niños, éstos deben ser conducidos por las aceras en no más de dos filas o hileras, con un guía adelante y otro atrás, preferentemente agarrados de la mano. Para cruzar la vía, cuando sea posible, el guía debe solicitar el apoyo de los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados o no al control del tránsito.

Artículo 81. - Prohibición de circular por la calzada.
Está prohibido a los peatones circular por las calzadas o bajar o ingresar a ella para intentar detener a un vehículo, con el fin de solicitar su servicio, o por cualquier otro situación o circunstancia. (p.31)

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Cronicaviva,
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17.8.2010: Introducción de multas para peatones en el Perú

Hasta 2010 no fueron multas para peatones. Eso cambia ahora. Aquí es la noticia:

de: Cronica viva: Con 108 soles se multará a peatones infractores; 16/08/2010;
http://www.cronicaviva.com.pe/index.php/lima/6-lima/1660-con-108-soles-se-multara-a-peatones-que-cometan-infracciones

<Este lunes se publicó el Decreto Supremo que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito y el Código de Tránsito, así como el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, el cual contiene un cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones cometidas por los peatones.

[Multas de 72 soles]

Según la norma, cruzar de manera intempestiva o temerariamente la calzada, sin respetar las reglas de tránsito serán multados con S/. 72 por tratarse de una falta grave, y su viaje será interrumpido por la PNP.

La misma sanción será aplicada a los peatones

que crucen la calzada sin utilizar los puentes peatonales o cruces subterráneos, en las vías de tránsito rápido o de acceso restringido;

a quienes transiten por las calzadas excepto para cruzarlas o evitar un obstáculo;

a quienes no respeten las señales que rigen el tránsito o desobedezcan las indicaciones del policía asignado al control del tránsito.

También se sancionará de la misma manera

a quienes crucen la calzada por delante de un vehículo detenido
;

el no respetar el derecho de preferencia de los vehículos de emergencia o vehículos oficiales que se anuncien con sus señales audibles y visibles;

así como a los peatones que alteren, mutilen, remuevan o supriman las señales de tránsito.


[Multas de 27 soles]

Como infracciones graves -sancionables con 27 nuevos soles y la interrupción del viaje-, están tipificadas el

bajar o ingresar repentinamente a la calzada para intentar detener un vehículo
;

subir o bajar de los vehículos en movimiento
;

utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios u otros
,

a excepción de la publicidad que se emplee en las señales turísticas en la forma establecida en el Manual de Dispositivos de Control del Tránsito para Calles y Carreteras.

Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación o constituyan peligro para los usuarios.


[Multas de 18 soles]

Con una multa de 18 nuevos soles y la interrupción del viaje se tipificó las infracciones leves cometidas por

peatones que transiten cerca al sardinel o al borde de la calzada;

sujetarse de algún elemento externo de la carrocería de un vehículo que está circulando;

subir o bajar el pasajero de los vehículos por el lado izquierdo, salvo que de acuerdo al Reglamento Nacional de Vehículos la estructura vehicular no cuente con puerta a la derecha o se encuentre autorizado por la autoridad competente.

Las multas a aplicarse en el futuro estarán en función del valor de la Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha del pago, precisa el Decreto Supremo.>

Comentario: ¿Donde son las multas contra los chanchos taxistas del Perú?
Se pregunta por qué quieren multar a peatones cuando no multan a los chanchos taxistas del Perú que infraccionan siempre la ley con velocidades grandes y con sus claxones prohibidos y bloqueando el tráfico a cada rato a cada esquina y también bloqueando muchos paraderos. Es una mierda con los taxistas del Perú y no hacen nada el gobierno peruano contra esos CHANCHOS DE TAXISTAS DEL PERÚ.

Ese gobierno peruano no ve que no es el peatón el peligro, pero el chancho taxista es el peligro en el Perú, y el chófer que duerme al volante del bus interprovincial. Pero el gobierno - queda ciego.

Michael Palomino, 9/9/2010


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